SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0501/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0501/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

III.4.3.

III.4.3. Finalmente, en cuanto a la actuación del Fiscal demandado, corresponde señalar que dicha autoridad, carece de legitimación pasiva, toda vez que, si bien emitió el requerimiento de 5 de abril de 2005, para que se desestime la extinción deducida, debiendo estarse al Auto Supremo emitido por los Vocales de la Sala Penal Segunda, en los hechos, su actuación no vincula la decisión judicial, teniendo simplemente al ser un proceso sustanciado con el Código de Procedimiento Penal abrogado, la calidad de opinión, pues quien en definitiva pronunció la resolución demandada, fueron las autoridades judiciales.