Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 7 de febrero de 2008, los apoderados del querellante solicitaron al Juez recurrido se libre mandamiento de condena contra el recurrente, alegando el Juez de garantías había anulado el Auto 09/007, que concedió dicha suspensión condicional de la pena (fs. 36 y vta.), solicitud que mereció proveído de 8 del citado mes y año, disponiendo el recurrido se libre el correspondiente mandamiento de condena contra el recurrente (fs. 36 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4. Finalidad del beneficio de la suspensión condicional de la pena
- III.5. El caso en análisis
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- APROBAR