SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela de sus derechos a la libertad física, libertad de locomoción y al debido proceso, denunciando que fueron vulnerados por la autoridad recurrida, puesto que la Resolución que le concedió el beneficio de suspensión condicional de la pena, fue dejada sin efecto por un Juez de garantías, hasta que se de cumplimiento a las notificaciones, quedando vigente su demanda de suspensión condicional; empero, al radicar la causa el Juez recurrido, no lo notificó con la radicatoria del proceso ni con las demás actuaciones judiciales, librando mandamiento de condena sin ninguna fundamentación, que provocó su detención ilegal por personas particulares a las cinco de la madrugada y sin que se identificaran ni exhibieran el mandamiento respectivo, omitiendo la autoridad recurrida que en ningún momento se anuló la solicitud de la suspensión condicional de la pena, estando obligado a sustanciarla, máxime si se considera que ya había cumplido varios meses de la condena y medidas impuestas bajo el régimen de la suspensión. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.