Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 8 de marzo de 2008, Luis Enrique Nuñez Gutiérrez, solicitó sustitución de fianza económica de Bs200000.-, por fianza real, ofreciendo para dicho efecto un lote de terreno de propiedad de Zoila Ariñez de Nuñez (fs. 8 a 9 vta.), el que mereció decreto de la misma fecha, disponiendo que los documentos de propiedad como el avalúo del inmueble pasen a conocimiento del Ministerio Público del acusador particular (fs. 9 vta.), siendo notificadas las partes el 11 del mismo mes y año (fs. 10).
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Sobre las medidas cautelares y sustitutivas
- III.4. Sobre las fianzas
- 1)
- III.5. Sobre el tratamiento de las medidas sustitutivas a la detención preventiva
- III.7. Sobre las apelaciones incidentales interpuestas
- APROBAR