Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.7.
II.7. Por memorial dirigido al Director Ejecutivo Nacional de AASANA presentado el 19 de septiembre de 2006, Javier Huanca Laime solicitó se tenga por reiterada su solicitud de 31 de octubre de 2005, oportunidad en la que habría denunciado el incumplimiento de deberes del sumariante y presentado recurso jerárquico contra la Resolución 019/2005, respecto la cual pide se disponga la revocatoria de la resolución del sumario administrativo seguido en su contra y le deslinden de responsabilidades (fs.219 a 221 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación del recurso
- DENEGÓ
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 18
- colectiva
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- de inmediatez
- Fragmento 22
- III.4.1. En cuanto al accionar del Juez Sumariante demandado
- III.4.2. En cuanto al accionar del Director General Ejecutivo de AASANA codemandado
- APRUEBA