SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
III.4.2. En cuanto al accionar del Director General Ejecutivo de AASANA codemandado
El accionante, respecto a esta autoridad, señala que el 31 de octubre de 2005, presentó recurso jerárquico ante el Director General Ejecutivo de AASANA -sin presentar prueba de aquello- recurso que fue reiterado mediante memorial presentado ante la indicada autoridad el 19 de septiembre de 2006; autoridad que a momento de disponer la radicatoria del recurso, en vez de regularizar el procedimiento y disponer su incorporación mientras se resolvía el mismo, mantuvo vigente su destitución, así como el Auto de ejecutoria emitido por el Juez Sumariante, ratificando el ilegal accionar de éste al emitir la Resolución confirmando las Resoluciones Impugnadas. Señala también que la admisión de su recurso jerárquico evidencia que la sanción de destitución de sus funciones fue aplicada sin que haya concluido el proceso administrativo.
Con relación a los extremos denunciados, no corresponde emitir pronunciamiento alguno, al haberse demostrado que los actos principales acusados por el accionante como vulneratorios de sus derechos, de los que derivan las actuaciones de esta última autoridad, fueron reclamados fuera del plazo de caducidad previsto para la interposición de la acción de amparo. Adicionalmente, el accionante, respecto a estas últimas actuaciones, no refiere expresamente de qué manera vulneran los derechos fundamentales cuya tutela invoca.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación del recurso
- DENEGÓ
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 18
- colectiva
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- de inmediatez
- Fragmento 22
- III.4.1. En cuanto al accionar del Juez Sumariante demandado
- III.4.2. En cuanto al accionar del Director General Ejecutivo de AASANA codemandado
- APRUEBA