SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

2)

2) Por otro lado, respecto a la recusación planteada por el recurrente, ésta se desarrolló en estricto cumplimiento del art. 320 inc. 1) y 2) del CPP. No existiendo el quórum necesario, se convocó a los jueces Marco Ernesto Jaimes Molina, Mary Morales Fernández y Julio Huarachi, de los cuales, los dos primeros pronunciaron el Auto 024/07, aceptando por un lado, el rechazo de la recusación hacia el Juez Técnico y dos Jueces Ciudadanos y concediendo lo señalado contra Edgar Garavito Marquina, siendo éste el momento oportuno para que el ahora recurrente, pueda probar las causales previstas en el art. 316 incs. 2), 5) y 11) del CPP, alegadas en la recusación, lo que implica para este Tribunal la pérdida del principio de oportunidad, que a la fecha no se puede subsanar mediante el amparo constitucional.