SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

I.2.4. Tercero Interesado

En audiencia, la Fiscal, Marina Portillo Llanque, expresó los defectos que adoleció el desarrollo del proceso penal por parte de los Jueces Ciudadanos, puesto que fue muy evidente hasta para el público, las cosas que realizaban los Jueces Ciudadanos a tiempo de excluir una prueba; asimismo, mencionó que como representante del Ministerio Público, existe desconfianza en el pronunciamiento final que vaya a dar el Tribunal del proceso en el cual fueron recusados, puesto que se emitió criterios anticipados por algunos Jueces Ciudadanos acerca de uno de los acusados, por tanto la recusación presentada por el recurrente, es un derecho que le asiste, en busca de un pronunciamiento justo, por un Tribunal correcto, independiente e imparcial, que el recusado no lo es.