Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0587/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
La recurrente, interpone recurso de hábeas corpus contra Edgar Molina Aponte, Adhemar Fernández Ripalda, Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior y Rafael Tordoya Corrales, Oficial de Diligencias de la misma Sala, todos del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando se revoque el Auto de Vista de 5 de noviembre de 2007, dejando sin efecto el mandamiento de condena expedido en su contra por el Juez Tercero de Partido y Sentencia de Montero, y en consecuencia se libre inmediatamente mandamiento de libertad a su favor, con calificación de daños y perjuicios.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- improcedente”
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Por lo relacionado, se evidencia por una parte, que con el decreto de señalamiento de audiencia complementaria de fundamentación oral señalada para el 25 de octubre de 2007, se notificó al querellante en su domicilio procesal señalado, no ocurriendo lo mismo con los procesados, entre ellos la accionante cuya diligencia de notificación se la practicó en el tablero judicial de la Secretaría de Cámara de la Sala Penal Segunda, verificando en el acta de dicho actuado procesal que no concurrió la accionante habiendo asistido el querellante; empero este aspecto no corresponde ser analizado mediante esta acción tutelar por no estar vinculado directamente con la libertad.
- Fragmento 16
- POR TANTO