Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0597/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
Con esos antecedentes presenta recurso de amparo constitucional contra Ana Peña Cuéllar, Jesús Mercado Peña, el recurrente representado por Elena Masavi Masavi, Neisa Suárez Vaca, Irma Gonzáles Guzmán, José Luís Arcaya y Lupe Vaca Suárez; se declare procedente y se ordene la desocupación del lugar donde se encuentran asentados los recurridos, con el uso de la fuerza pública de ser necesario.
- del recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- Fragmento 14
- conceder
- III.3.1.
- III.3.2. Legitimación activa de la Alcaldía Municipal de Montero para plantear la acción de amparo
- III.4. Conclusión
- REVOCAR