Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0597/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.3.
II.3. Con esos antecedentes, el 10 de octubre de 2006, Ignacio Vaca Suárez en representación de Ronald Nieme Méndez, Alcalde Municipal de Montero, presentó recurso de amparo constitucional; solicitando se ordene la desocupación, retiro y desalojo de los recurridos, de los terrenos señalados como áreas verdes del Municipio, con el auxilio de la fuerza pública de ser necesario (fs. 28 a 30).
- del recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- Fragmento 14
- conceder
- III.3.1.
- III.3.2. Legitimación activa de la Alcaldía Municipal de Montero para plantear la acción de amparo
- III.4. Conclusión
- REVOCAR