SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

II.6.

II.6.  El 28 de septiembre de 2006, el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, dispuso que en el plazo de diez días, la recurrente debía hacer entrega del inmueble (fs. 653 vta.); quien, mediante incidente solicitó la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, para que se devuelva el expediente a la Sala Civil Primera a objeto de que se la notifique legalmente con el Auto de Vista de 6 de junio de 2006 (fs. 666 a 667 vta.), el cual que fue rechazado por Auto de 20 de noviembre de 2006, ordenándose el desapoderamiento (fs. 672 y vta.); dicha Resolución, fue recurrida en apelación, misma que habiendo sido concedida, se encuentra en tramitación en la Corte Superior (fs. 674 a 675 vta., y 691).