SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III.5. Análisis del caso concreto
En el caso que nos ocupa, en obrados cursa memorial de fs. 674 a 675 vta., que apela el Auto de 20 de noviembre de 2006, cursante a fs. 672 y vta., pronunciado por el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, y que fue admitida en efecto devolutivo por Auto de 18 de diciembre del mismo año; sin embargo, del proceso se evidencia que, pese a haberse otorgado a la accionante el recurso solicitado, no impulsó la remisión del cuaderno procesal ante el superior en jerarquía para que éste, pudiera dirimir sobre la legalidad o no de la resolución pronunciada por el Juez demandado, toda vez que el Auto que concedió el recurso, dispuso la provisión de recaudos en el plazo de veinticuatro horas, sin que se pueda verificar del cuaderno procesal el cumplimiento por parte de la accionante, de lo ordenado por el Juez de la causa, al no existir siquiera, una nota de remisión de las piezas procesales pertinentes ante el Tribunal de alzada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- conceder
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Apelación en el efecto devolutivo
- III.4. De la subsidiariedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR