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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2010-R

    Fecha: 19-Jul-2010

    Fragmento 16

             De conformidad con el Fundamento Jurídico precedente, el procesamiento indebido al que hace referencia el art. 125 de la CPE, encuentra protección a través de la acción de libertad, siempre y cuando esté íntimamente vinculado al derecho a la libertad física por operar como causa para su restricción o supresión.

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2.
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16
    • III.4. Del procesamiento indebido invocado dentro de esta acción tutelar
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19

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