SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Aproximadamente desde el 27 de mayo de 2007, está siendo ilegalmente perseguido, imputado y procesado, por el delito de malversación, cuando fue él quien denunció a la concejala Zenovia Flores, la comisión del referido delito en su interinato como Alcaldesa; emitiéndose extrañamente la Resolución Municipal 108/2007, que declaró improcedente dicha denuncia, comenzando desde ese momento “(su) calvario”, al estar siendo procesado sin prueba o documentación que hagan presumir que su persona incurrió en dicho ilícito.
Indica que, no obstante que dentro del proceso penal seguido en su contra a instancias del Presidente del Concejo Municipal de Teoponte, por los supuestos delitos de malversación de fondos e incumplimiento de deberes, el Juez de Instrucción de Caranavi, Juvenal Flores Reyes, mediante Resolución 95/2007 de 19 de noviembre, declaró probadas las excepciones que opuso y en consecuencia, extinguida la acción penal, disponiendo archivo de obrados; la autoridad recurrida, insiste en un proceso judicial incumpliendo la garantía de prohibición de doble juzgamiento, al proseguir la causa, sin que se haya pronunciado asimismo sobre la excepción de cosa juzgada que interpuso al amparo del art. 308 inc. 5) del Código de Procedimiento Penal (CPP), excepción que es de previo y especial pronunciamiento sobre la condición de existencia o inexistencia de la persecución misma, dependiendo de tal pronunciamiento la apertura del juicio.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.4. Del procesamiento indebido invocado dentro de esta acción tutelar
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19