SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

II.2.

II.2.  El 15 de marzo de 2008 -en el memorial se consigna erróneamente 2007-, Segundino Sanga Silvestre, Alcalde Municipal de Teoponte, al ser notificado con la radicatoria de causa a juicio oral dentro de un proceso penal seguido de oficio en su contra por el Fiscal asignado al caso, por los presuntos delitos de malversación de fondos e incumplimiento de deberes, previstos en los arts. 144 y 154 del Código Penal (CP), planteó excepción de cosa juzgada al tenor de los arts. 308 inc. 5), 313 y 314 del CPP, en mérito a que por Resolución 95/2007, a tiempo de declararse probadas las excepciones que interpuso, se declaró extinguida la acción penal, habiendo adquirido dicha Resolución la calidad de cosa juzgada al no haber sido apelada; por lo que la pretensión del Ministerio Público de activar nuevamente una causa ya extinguida, incumplía la garantía de persecución penal única, regulada en el art. 4 del referido Código (fs. 31 a 32).