SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0618/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0618/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

en ningún momento acudió ante el Juez de Instrucción Cautelar denunciando las irregularidades procesales a las que hace referencia, puesto que tiene la posibilidad y potestad de interponer incidente por actividad procesal defectuosa, y según lo que expresa el accionante y los datos del proceso, no ha hecho uso de ese derecho

La jurisprudencia glosada anteriormente es aplicable al presente caso, puesto que de obrados se tiene que la accionante en ningún momento acudió ante el Juez de Instrucción Cautelar denunciando las irregularidades procesales a las que hace referencia, puesto que tiene la posibilidad y potestad de interponer incidente por actividad procesal defectuosa, y según lo que expresa el accionante y los datos del proceso, no ha hecho uso de ese derecho. Por lo que al no haber procedido de esa manera, corresponde denegar la tutela en mérito al principio de subsidiaridad de la acción de libertad.