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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0652/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0652/2010-R

    Fecha: 19-Jul-2010

    c)

    c)  Con referencia a la falta de notificación con el voto constructivo de censura, tal cual se desprende de la prueba literal adjunta y por el reconocimiento de su firma -por el recurrente- en audiencia, se evidencia haberse notificado personalmente con dicho instrumento legal municipal, no mereciendo mayor consideración al respecto.

    • recurso de
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • 3)
    • concedió
    • a)
    • c)
    • d)
    • e)
    • g)
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
    • III.3. El voto constructivo de censura y su procedimiento
    • III.4. El caso en examen
    • inhabilitados
    • Fragmento 25
    • REVOCAR

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