Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0652/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
d)
d) En lo que respecta al concejal Jaime Chino Quispe y sobre su falta de tenencia de la libreta militar, no es el acto que determina la suspensión sino la causa que motiva el inicio del procedimiento de inhabilitación ante la Corte Departamental Electoral, surtiendo efecto a partir de la emisión de una resolución por este órgano, por lo que no se considera en el presente recurso para observar los actos acusados de violatorios.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 3)
- concedió
- a)
- c)
- d)
- e)
- g)
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El voto constructivo de censura y su procedimiento
- III.4. El caso en examen
- inhabilitados
- Fragmento 25
- REVOCAR