SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0653/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0653/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

atentó contra sus derechos constitucionales a la seguridad social, a la salud y a la vida

Consiguientemente, la entidad demandada BBVA Previsión AFP S.A., al no haber efectivizado la pensión de invalidez por riesgo común, a la que tiene derecho el demandante, no obstante su reconocimiento mediante RA SPVS 071 de 24 de enero de 2006, ocasionó con esta omisión, que tampoco se efectúen las deducciones para los regímenes de salud del recurrente, cual era su obligación conforme a lo previsto por los arts. 31.l) y 66 de la LP; lo que, ciertamente, dio lugar a que el demandante se encuentre en una situación de total desprotección desde el 11 de abril de 2003, fecha de invalidez declarada, sin que cuente con los medios necesarios para lograr la continuidad de subsistencia, más aún si se encuentra postrado en una silla de ruedas por las complicaciones de salud que lo aquejan; actitud que atentó contra sus derechos constitucionales a la seguridad social, a la salud y a la vida, ya que habiendo sido descontado de su salario los aportes de ley y luego de culminar su trámite de invalidez por riesgo común, tenía un derecho adquirido y definitivo tanto a la pensión de invalidez por riesgo común, como a las prestaciones en el régimen de salud, en el ente gestor que corresponda. En consecuencia, corresponde otorgar la tutela solicitada con relación a los derechos antes indicado, a excepción de la seguridad jurídica que no puede ser tutelada al ser un principio en el nuevo orden constitucional, tal cual se explicó anteriormente.