Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0678/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Con los antecedentes expuestos precedentemente, la recurrente, interpone recurso de hábeas corpus contra Ancelma Lafuente Mendoza, Jueza Segunda de Ejecución Penal en suplencia legal del Juzgado Primero de Ejecución Penal, solicitando se declare procedente el recurso y se libre el mandamiento de libertad respectivo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Jurisprudencia
- impone a quien administra justicia el deber jurídico de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas;
- III.4. Análisis del presente caso
- III.4.1.
- POR TANTO