Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0678/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III.4. Análisis del presente caso
La accionante, alega que la Jueza Segunda de Ejecución Penal en suplencia legal, se encuentra dilatando la audiencia de consideración del beneficio de extramuro, al rechazar la documentación y los informes, incluso lo ya dispuesto por la Jueza titular; al mismo tiempo, no cumple con los plazos procesales que establece la Ley de Ejecución Penal y Supervisión.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Jurisprudencia
- impone a quien administra justicia el deber jurídico de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas;
- III.4. Análisis del presente caso
- III.4.1.
- POR TANTO