Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0678/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
En revisión la Resolución 88/2007 de 20 de diciembre, cursante a fs. 20 y vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Giovana Mónica Aranda Quispe, contra Ancelma Lafuente Mendoza, Jueza Segunda de Ejecución Penal en suplencia legal del Juzgado Primero de Ejecucion Penal, alegando la vulneración de su derecho a la libertad, de la garantía al debido proceso y los principios de legalidad, igualdad y celeridad, citando al efecto los arts. 6.II, 16.I y II y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Jurisprudencia
- impone a quien administra justicia el deber jurídico de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas;
- III.4. Análisis del presente caso
- III.4.1.
- POR TANTO