Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra David Rivas Gradín, Juez Técnico; Jaime Caya Mena, Bernardo Vargas Laura y Manuel Espinoza Apaza, Jueces Ciudadanos, todos del Tribunal de Sentencia de Achacachi, provincia Omasuyos del Distrito Judicial de La Paz, solicitando se conceda la tutela, disponiendo que se deje sin efecto la Resolución de 19 de noviembre de 2007, que prohíbe la declaración de los testigos propuestos; y la 06/2007, porque fue pronunciada por un Tribunal sin competencia, dictaminando que se permita poner en conocimiento de un tribunal competente, y sin impedimentos, la recusación presentada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la tutela al derecho y garantía del debido proceso, mediante la acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- denegado
- APROBAR