SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 17/2007 de 14 de marzo, cursante de fs. 134 a 135 vta., pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Acosta, provincia Camacho del Distrito Judicial de La Paz, en suplencia legal del Juez de Partido y de Sentencia de Achacachi, provincia Omasuyos del mismo Distrito Judicial, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Luis Enrique Abasto Inarra contra David Rivas Gradín, Juez Técnico; Jaime Caya Mena, Bernardo Vargas Laura y Manuel Espinoza Apaza, Jueces Ciudadanos, todos del Tribunal de Sentencia de Achacachi del referido Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la "seguridad jurídica", a la igualdad, a la defensa y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la tutela al derecho y garantía del debido proceso, mediante la acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- denegado
- APROBAR