Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.5.
II.5. El 7 de marzo de 2007, el Juzgado de Partido de Achacachi, recibe el presente recurso (fs. 43), admitiéndolo en la misma fecha y fijando audiencia para el 9 de ese mes y año, a horas 17:00 (fs. 43 vta.), misma que fue suspendida por la inasistencia del Oficial de Diligencias y de las partes interesadas, verificándose la falta de certificación de las notificaciones a estas últimas; por lo que se señala nueva audiencia para el 14 de marzo de 2007 (fs.44).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la tutela al derecho y garantía del debido proceso, mediante la acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- denegado
- APROBAR