Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0730/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda del Distrito Judicial de Oruro, constituida en el Tribunal de garantías declaró procedente el amparo constitucional, disponiendo que las autoridades universitarias, Rector y Vicerrector de la UTO, actualmente recurridos respondan a las solicitudes de reincorporación formuladas, y sea en el plazo de setenta y dos horas de la emisión de la presente Resolución, manteniéndose la medida cautelar dispuesta por Tribunal de garantías en el sentido de suspender la dotación de docencias; bajo los siguientes fundamentos
- recurso de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- 4)
- 5)
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- d)
- f)
- procedente
- ii)
- I.3.
- II.3
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho de petición y su afectación
- Fragmento 19
- III.4 Análisis del caso concreto
- Rector
- POR TANTO
- 3º Dispone