SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

II.7.

II.7.  El 14 de abril de 2008, el recurrente solicitó al Juez cautelar recurrido la extinción de la acción penal , alegando haber sido imputado el 5 de octubre de 2007 y que hasta la fecha la Fiscal de Materia no presentó la acusación conforme norma el art. 323 del CPP, habiendo transcurrido seis meses y ocho días, a cuya emergencia el Juez recurrido dispuso la notificación con carácter de conminatoria al Fiscal de Distrito y al querellante, para que en el plazo de cinco días, acuse o presente alguna solicitud conclusiva, en aplicación del art. 134 del citado Código y a la SC 1036/2002-R de 29 de agosto (fs. 46 a 47).