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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2010-R

    Fecha: 02-Ago-2010

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    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1.
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • I.2.3.
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
    • III.2.1. El derecho a la libertad física y sus alcances
    • directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción
    • Fragmento 17
    • III.3.
    • éste principio adquiere mayor relevancia, puesto que del resultado del mismo depende la absolución o condena de una persona física o humana, donde en definitiva la pena en la mayor de las partes viene a ser corporal, es decir de privación de libertad
    • tratándose del imputado
    • las causales de la declaratoria
    • El juez o tribunal del proceso, previa constatación de la incomparecencia, evasión, incumplimiento o ausencia, declarará la rebeldía mediante resolución fundamentada
    • los efectos de la rebeldía
    • en los casos en comparecencia del declarado rebelde
    • añadió al Código de Procedimiento Penal el art. 91 bis, que bajo el nomen juris de “Prosecución del Juicio en Rebeldía”
    • SC 0032/2010-R de 20 de abril
    • SC 0237/2010-R de 31 de mayo
    • en ninguna parte consta que hubiese estado con impedimento o de gravedad
    • III.5.1. En cuanto al supuesto justificativo de inasistencia a la  .audiencia de juicio oral
    • empero no hace una petición específica o concreta de suspensión de audiencia, menos justifica y acredita con prueba objetiva ese extremo de tal manera que le sea un impedimento grave que imposibilite su asistencia como para suspender la audiencia
    • se expidió el mandamiento de aprehensión sin haber cumplido los procedimientos previos que manda la ley para expedir este tipo de mandamientos
    • seis recursos de hábeas corpus
    • cabe aclarar
    • POR TANTO
    • 2º  Exhortar

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