SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0799/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
III.3. Análisis del caso de autos
En la problemática planteada, la accionante denuncia presuntos actos ilegales por parte de la Jueza Segunda de Partido de Familia del Distrito Judicial de La Paz, a raíz de la notificación con la Resolución 196/08 de 14 de abril de 2008, en un domicilio procesal incorrecto, así también, incongruencia de las Resoluciones referidas a los montos de asistencia familiar, alega que presentó un incidente de nulidad de obrados con anterioridad a la orden de apremio y la suspensión de actos procesales tales como el mandamiento de apremio; no obstante, la autoridad denunciada emitió el indicado mandamiento sin considerar que existen cuestiones pendientes de resolución como las mencionadas que no han sido resueltas, por lo que considera que se vulneró el derecho a la libertad de locomoción de su representado.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- sin que hasta el presente haya sido resuelta
- en tanto y en cuanto se resuelva el incidente de nulidad por falsedad planteado por su persona, y hasta que se determine la existencia de una suma líquida y exigible de asistencia familiar”
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. S
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- III.3. Análisis del caso de autos
- i)
- SC 0105/2010-R de 10 de mayo
- APROBAR