Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
16 de octubre de 2006
Apelada que fue la sentencia por el esposo de la ahora recurrente, la Sala Civil Primera, pronunció en fecha 16 de octubre de 2006 el Auto de Vista confirmando la sentencia de primer grado; asimismo en fecha 15 de noviembre de 2006 la misma Sala Civil Primera pronunció el Auto que declara ejecutoriado el Auto de vista de 16 de octubre 2006, debiendo remitirse el cuadernillo de apelación al juzgado de origen para la ejecución de la sentencia.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- improbada en parte
- 16 de octubre de 2006
- como esposa del demandante
- ha sido notificada con ninguna actuación pese a que el Juez y Vocales conocían el estado civil de su esposo
- 1)
- 2)
- 3)
- a)
- c)
- II.1.
- II.3.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando no hubiere otro medio o recurso legal.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4.
- III.5.
- una función garantizadora de garantías
- sin haber agotado las vías jurisdiccionales
- incidente de nulidad
- denegado
- APROBAR