SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
recurso
En revisión la Resolución 28/2007 de 30 de marzo, cursante de fs. 58 a 59, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Wilma Arredondo de Villalobos contra Adolfo Gandarilla Suárez, Juana Molina Paz de Paz y Hernán Cortés Castillo, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior; y Alberto Guzmán Méndez, Juez Primero de Partido y de Sentencia de Camiri, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y a la propiedad privada y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) e i) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- improbada en parte
- 16 de octubre de 2006
- como esposa del demandante
- ha sido notificada con ninguna actuación pese a que el Juez y Vocales conocían el estado civil de su esposo
- 1)
- 2)
- 3)
- a)
- c)
- II.1.
- II.3.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando no hubiere otro medio o recurso legal.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4.
- III.5.
- una función garantizadora de garantías
- sin haber agotado las vías jurisdiccionales
- incidente de nulidad
- denegado
- APROBAR