SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
ha sido notificada con ninguna actuación pese a que el Juez y Vocales conocían el estado civil de su esposo
La recurrente señala que en el juicio incoado por su esposo y que motiva el presente recurso, no ha sido notificada con ninguna actuación pese a que el Juez y Vocales conocían el estado civil de su esposo; por lo que se ha vulnerado de esa manera el derecho a la seguridad jurídica, ya que, como ha demostrado es propietaria de las mejoras incorporadas en el inmueble objeto de la usucapión, igualmente, expresa que en el proceso que impugnó su esposo, se ha vulnerado su garantía al debido proceso, al no haberse dispuesto se le notifique con la Sentencia y Auto de Vista.
Solicita la recurrente, que se le admita el presente recurso y se lo tramite conforme a ley, concediéndole la protección jurídica, en consecuencia declarando: nula la sentencia de fecha 26 de mayo de 2006 y Auto de Vista de 16 de octubre de 2006; pronunciados dentro del juicio ordinario de usucapión.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- improbada en parte
- 16 de octubre de 2006
- como esposa del demandante
- ha sido notificada con ninguna actuación pese a que el Juez y Vocales conocían el estado civil de su esposo
- 1)
- 2)
- 3)
- a)
- c)
- II.1.
- II.3.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando no hubiere otro medio o recurso legal.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4.
- III.5.
- una función garantizadora de garantías
- sin haber agotado las vías jurisdiccionales
- incidente de nulidad
- denegado
- APROBAR