Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ricardo Borba Mezquita, Francisco Javier Villanueva de Martino (representado del recurrente) y otros; el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Auto de Vista de 2 de febrero de 2007, ante el impedimento de todos los Vocales y Conjueces para conocer el recurso de apelación restringida de la Sentencia dictada en el aludido proceso, dispuso la remisión de obrados a la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en cumplimiento a lo establecido por el art. 9 de la Ley 3324 de 18 de enero de 2006, que modifica el art. 101 de la LOJabrg (fs. 155).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- se activa la vía del recurso directo de nulidad cuando
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.
- APROBAR