SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0843/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0843/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

Fragmento 28

La falta de legitimatio ad processum, se presenta cuando el demandado no es titular de la relación jurídica procesal, relación en la que necesariamente debe fundarse la pretensión, con prescindencia de que la acción cuente o no con el fundamento suficiente, tal cuál sucedió en autos, toda vez que la demandada, María Teresa Rivero de Cusicanqui, fue de voto disidente en la Resolución 450/2006 de 27 de noviembre, por tanto no pudo interponerse la acción de tutela en su contra.