SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0845/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0845/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.2.

II.2. El Concejo Municipal de Santiago de Callapa, en sesión de la misma fecha, emitió la Resolución Municipal 002/2007, mediante la cual, resolvió admitir la moción de censura constructiva por haberse cumplido los requisitos señalados en el art. 51 de la LM, disponiéndose la publicación de la referida moción en el frontis del Gobierno Municipal de Santiago de Callapa y en los lugares públicos de la población; también, se dispuso la notificación al Alcalde Municipal por todos los medios que estén al alcance, a fin de que asuma su defensa en audiencia respecto a la moción de censura constructiva, y finalmente, que la sesión que trate la moción, deba ser pública y de acuerdo a ley; asimismo, se dispuso se remitan obrados a la Corte Departamental Electoral de La Paz, a efectos de que un vocal acreditado, verifique los requisitos y el procedimiento y, se coordine con esta autoridad electoral el día y hora de la sesión correspondiente (fs. 19 a 20).