Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0852/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.4.
II.4. Conforme al acta de declaración jurada voluntaria, se evidencia que Silvano Morales Alberto, se hizo presente ante la Jueza de Instrucción de Sica Sica, provincia Aroma del Distrito Judicial de La Paz a efectos de declarar previo juramento de ley, que el viernes 30 de marzo de 2007, tomó conocimiento de la SC 0715/2003-R de 28 de mayo (fs. 16).
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades correcurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Inmediatez y subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- III.6. Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política
- APROBAR