SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0918/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de los recurrentes, en audiencia, ratificó los términos de su demanda y los amplió señalando que el Auto de Vista impugnado, no lleva fundamentación alguna, incumpliendo el art. 124 del CPP, porque no existe valoración de un solo documento, basa su Resolución en la mera pretensión de las partes; es decir, en el argumento expuesto por el acusador particular. De otro lado, el auto de apertura de proceso delimita los alcances del juicio oral y cuando existen dos acusaciones en caso de que éstas sean controvertidas, delimita los hechos que serán objeto del juicio, así lo expresa el art. 342 del CPP, que precisa la prohibición de oficiosidad, en el presente caso, la acusación estaba planteada por el delito de estelionato puro y simple, sin contemplar agravante alguna, pues de un razonamiento lógico, si en el juicio, se demuestra que no existen víctimas múltiples, de qué serviría haber planteado la excepción, además que la empresa "Pioner Minning" se constituyó en el país el 2004 y el delito se consumó el 2001, entonces no es posible que se constituya en víctima.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- Con relación a la primera causal de improcedencia del recurso de apelación
- Con relación a la segunda causal de improcedencia
- En cuanto a la ampliación de la demanda
- APROBAR