Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0932/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.5.
II.5. El 25 de abril de 2002, el Tribunal Sexto de Sentencia y Sustancias Controladas, pronunció Sentencia dentro del caso de referencia, por la que se declaró autores del delito de tráfico de sustancias controladas al ahora recurrente y a los demás coprocesados, condenando a cada uno a cumplir la pena de diez años de presidio (fs. 17 a 22); esa Resolución fue leída en audiencia pública celebrada en esa fecha, a la que no concurrió el ahora recurrente, pero sí lo hizo su abogado defensor de oficio, quien con el uso de la palabra manifestó que por sus defendidos haría uso del recurso de apelación en el término de ley (fs. 23 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- ii)
- iii)
- iv)
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El plazo de interposición de la acción de amparo constitucional
- III.4. Condiciones para la tutela del derecho a la defensa por la acción de amparo constitucional
- III.5. El caso analizado
- APROBAR