SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0934/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0934/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

i)

         Los hechos anteriormente descritos, constituyen una injusta, ilegal y arbitraria vulneración del derecho a la libertad del accionante, por cuanto la actuación de los policías demandados en el caso particular analizado, no tiene sustento legal ni constitucional alguno, ante la ausencia de una sindicación contra el accionante, por lo que los funcionarios policiales, no tenían por qué actuar contra el indicado y menos en la forma en que lo hicieron, obrando al margen de lo señalado por los arts. 225 y 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que señalan los supuestos en los cuales la Policía Nacional puede proceder a un arresto o aprehensión. Así, la Policía Nacional puede arrestar en las circunstancias siguientes: i) Cuando en el primer momento de la investigación sea imposible individualizar a los autores, partícipes y testigos; y ii) Se deba proceder con urgencia para no perjudicar la investigación (art. 225 del CPP). Pueden disponer una aprehensión en estos casos: 1) Cuando la persona haya sido sorprendida en flagrancia; 2) En cumplimiento de mandamiento de aprehensión librado por juez o tribunal competente; 3) En cumplimiento de una orden emanada del fiscal, y, 4) Cuando la persona se haya fugado estando legalmente detenida. Ninguno de cuyos presupuestos concurrió en el presente caso, vulnerándose así la garantía contenida en el art. 23 de la CPE, lo que amerita que se otorgue la tutela que brinda la acción de libertad.