Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0934/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Antes de comenzar la audiencia, el abogado del recurrido exhibió memorando con relación a Hipólito Sajama Mamani, declarado en comisión; y con relación a los policías “Corrales y Tapia” expresó que no se presentaron, porque en la institución policial, existe una “lista enorme” de personas con estos apellidos y no se sabe a quienes se refiere.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4. Improcedencia de la acción cuando se ocurrió a este recurso después de haber cesado la supuesta detención ilegal o indebida
- mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente
- III.6. Examen de los hechos que motivan el presente recurso
- i)
- pues lo contrario significaría dejar en desprotección conductas como las denunciadas;
- III.4.
- improcedente
- POR TANTO
- 1º REVOCAR en parte