Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.2.
II.2. Por Resolución 014/08 de 17 de abril de 2008, la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dispuso el traslado de los internos Luís Edgar Núñez Rodríguez, Wilson Carlos Blanco García y Ramiro David Costas Gutiérrez, del penal de Chonchocoro al penal de San Pedro de Oruro, arguyendo que en el primero, no pueden ser recibidos los detenidos preventivamente, como es el caso de los referidos internos (fs. 24 y vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- “NO HA LUGAR al Habeas corpus
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4.
- APROBAR