Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0953/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.2.
II.2. El 7 de mayo de 2007, la Junta Escolar Florida del Colegio Nacional Mixto “Pablo Cano Galvarro”, dirigiéndose al Director del Servicio Distrital de Educación de Colcapirhua, solicitó el cumplimiento del acta de compulsa y exigió la inmediata designación de la maestra que obtuvo el segundo lugar -Angélica Rosario Vargas Rosales-, debido a que el certificado de alfabetización que presentó el ganador del primer puesto resulto ser falso (fs. 32).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y personas recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- I
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
- en cuanto a la exigencia de precisar los derechos y garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 17
- III.3.
- APROBAR