SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0993/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0993/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

Fragmento 18

Ahora bien, ciñéndonos a la normativa y jurisprudencia precedentemente glosada, se tiene que la accionante, en vigencia del contrato de consultoría dio aviso al empleador de su estado de gravidez, dada la naturaleza del convenio suscrito y aunque anterior jurisprudencia señaló que su estado como consultora, era diferente a la modalidad de prestación de servicios que prestan los empleados o servidores públicos, y existiendo un mandato constitucional, se debe modular y entender que en el caso, le es aplicable a su favor la Ley 975. Así, se hace procedente la protección de la maternidad e inamovilidad laboral y consecuentes beneficios de mujeres embarazadas o con hijos menores de un año, situación que acontece en obrados, lo que hace viable la tutela solicitada por este aspecto.