Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0993/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
Fragmento 19
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 02/2007 de 3 de julio, cursante de fs. 535 a 537, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; y en consecuencia, CONCEDE la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concediendo en parte
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2. De la discriminación positiva a favor de un grupo más vulnerable
- igualdad,
- III.3.3. Del debido proceso en el despido
- Fragmento 18
- Fragmento 19