Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0994/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
a)
El abogado del recurrente ratificó los términos del recurso planteado y los amplió señalando que: a) Las citaciones efectuadas estaban dirigidas a su hermano así como el mandamiento de allanamiento; sin embargo, el allanamiento lo ejecutan en su domicilio donde procedieron a su ilegal aprehensión; y b) Contra las medidas sustitutivas que no son el objeto de este recurso de hábeas corpus, presentó apelación incidental; sin embargo, las SSCC “1210/2006 y 957/2004”, señalaron que mediante un recurso de alzada no se puede reparar la ilegalidad de la aprehensión y las omisiones del juez.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- i)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- denegar
- III.3.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- III.4.
- APROBAR