Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0994/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.3.
II.3. El 24 de abril de 2008, a requerimiento del Fiscal de Materia, el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, en suplencia legal del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, expidió mandamiento de allanamiento contra Uriel Tórrez Gonzáles, con facultades para realizar registro, requisa y secuestro en la “Avenida 31 de octubre entre calles 7 y Federico Ávila Nro 1897 de la zona de villa San Antonio bajo” (sic), domicilio de Uriel Tórrez Gonzáles, mandamiento que fue ejecutado el 28 de abril de 2008 contra Ray Fernando Tórrez Gonzáles, en Ovejuyo (fs. 24 a 25; 31 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- i)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- denegar
- III.3.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- III.4.
- APROBAR