Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0994/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
La asistente del Fiscal recurrido, presentó memorial el 12 de junio de 2008, cursante a fs. 58 y vta., haciendo conocer que dicha autoridad se encontraba en la ciudad de Santa Cruz, participando en un Seminario sobre “Cuestiones claves en el proceso penal contra violencia de Género”; circunstancia por la que no conocía de la interposición del presente recurso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- i)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- denegar
- III.3.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- III.4.
- APROBAR