SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0998/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 020/07 de 13 de junio de 2007, cursante de fs. 485 a 486 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Carlos Hebert Riera Kilibarda contra José Guillermo Dalence Salinas, Luis Alberto Echazú ex Ministros de Minería y Metalurgia; Carlos Freddy Barragán Vargas, Zoilo Moncada Cortez ex Directores Generales Ejecutivos del Servicio Nacional de Geología y Técnico de Minas (SERGEOTECMIN); y Sandro Vela Zambrana, ex funcionario de dicho Ministerio, alegando la vulneración de sus derechos a la dignidad, al trabajo, a una remuneración justa y a la seguridad social y de la garantía al debido proceso, citando al efecto el art. 6 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Análisis del caso
- para proceder a su retiro o remoción, tratándose de funcionarios de libre nombramiento, sólo es suficiente la voluntad de la autoridad que lo nombró
- REVOCAR