SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1046/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
recursos de amparo constitucional y hábeas data
En revisión la Resolución 40/2007 de 5 de julio, cursante de fs. 327 a 328, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro de los recursos de amparo constitucional y hábeas data, ahora acciones de amparo constitucional y de protección de privacidad, interpuesto por Orlando Canseco Gonzáles contra Rolando Pereyra, Presidente del Comité Electoral de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia departamental La Paz (SIB- La Paz) y Federico Antonio López Ugarte, Presidente del Comité de Auditoria de la SIB La Paz, alegando la vulneración del derecho de su representado al debido proceso, citando al efecto los arts. 16.IV y 31 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recursos de amparo constitucional y hábeas data
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3. De la legitimación pasiva de los entes colegiados
- es de inexcusable cumplimiento que esta acción tutelar esté dirigida contra todos los miembros que asumieron dichas decisiones…”
- esté dirigida contra todos los miembros que asumieron dichas decisiones
- III.4. Del caso de análisis
- III.5.
- APROBAR